Comunicado Asociación del Comercio Ibense

EL GOBIERNO APRUEBA NUEVAS LIMITACIONES A LA MOVILIDAD DE LOS TRABAJADORES
Desde hoy lunes 30 de marzo y hasta el jueves 9 de abril todos los trabajadores de actividades y servicios no esenciales no tendrán que acudir a sus puestos de trabajo y disfrutarán de un permiso retribuido recuperable, es decir, cobrarán su salario íntegro y deberán devolver las horas a la empresa antes del 31 de diciembre.
¿Cómo afecta al comercio y servicios?
Pueden seguir realizando su actividad:
- Comercios de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad
- Establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos
- Productos higiénicos
- Prensa y papelería
- Combustible para automoción
- Estancos
- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones
- Clínicas veterinarias y tiendas de productos de alimentación para animales
- Tintorerías y lavanderías
- Comercio online, telefónico o por catálogo
También:
- Servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías
- Servicios financieros, incluidos los bancarios, de seguros y de inversión
- Despachos y asesorías legales, gestorías administrativas y de graduados sociales, y servicios de prevención de riesgos laborales, en cuestiones urgentes
- Notarías y registros
- Empresas de telecomunicaciones y audiovisuales y de servicios informáticos esenciales
Encontrarás más información sobre la finalidad, personas afectadas y exceptuadas, vigencia y caraterísticas del nuevo permiso retribuido recuperable en el resumen que te adjuntamos.





